TicketBAI,
Un paso adelante en la digitalización
del sistema de facturación

Tabla de contenidos

¿Qué es Batuz?

Es un sistema antifraude, una estrategia de control de la tributación de todas las empresas y autónomos sujetos a la normativa fiscal de Bizkaia. 

Lo conforman 3 componentes:

  • TICKETBAI.
  • LIBRO REGISTRO DE OPERACIONES ECONÓMICAS (LROE): MODELOS 140 Y 240: Además, trimestralmente se deberá presentar el modelo correspondiente (Modelo 140 para personas físicas y Modelo 240 para personas jurídicas) en el que se incluirán los ingresos, gastos y facturas del período.
  • BORRADORES DE IVA, IRPF Y SOCIEDADES: Con la información proporcionada a través de los modelos 140 y 240 Hacienda confeccionará una propuesta para sus declaraciones de IVA, IRPF y Sociedades.

¿Qué es TicketBAI?

Es un instrumento de control de sistemas de facturación que consiste en que todos los dispositivos capaces de emitir facturas (ordenadores, cajas registradoras, TPVs, balanzas que expidan facturas) deberán generar un fichero único identificativo por cada factura, el cual se enviará a la Hacienda Foral de Bizkaia.

En cada factura o factura simplificada (ticket) se incluirá un código QR y otro código que se denomina TBAI.

Por tanto, se deberán adaptar los programas de facturación a los requisitos del sistema TicketBai los cuales deberán estar firmados con un certificado de la empresa desarrolladora (inscrita en el Registro de Software Garante), para evitar su manipulación. 

Nosotros hemos desarrollado un sistema de facturación online para nuestros clientes, compatible con el programa TicketBAI. Este sistema ha sido probado durante toda la fase voluntaria con decenas de empresas de todo tipo para conseguir que sea sencillo de utilizar sin dejar de lado la variedad de funcionalidades que son necesarias en el trabajo diario de cualquier empresa.

¿Quién está obligado?

Todas las personas físicas y jurídicas así como entidades sin personalidad jurídica propia que desarrollen una actividad económica y que estén sujetos a la normativa de Bizkaia en el IRPF, en el Impuesto de Sociedades o en el IRNR para el caso de establecimientos permanentes.

Algunos supuestos que NO están obligados: 

  • Los alquileres de locales o viviendas cuyos titulares sean personas físicas, ya que esto no representa el desarrollo de una actividad económica (Sí están obligadas las sociedades)
  • Facturas emitidas por el destinatario si éste no está sometido al sistema TicketBAI en ningún territorio foral.

¿Por qué y para qué?

Hacienda trata de evitar el fraude fiscal. 

TicketBAI, junto con los modelos 140, 240 y SII, conforman BATUZ, un sistema de control por el que la Hacienda Foral de Bizkaia pretende tener el control integral de la tributación de las actividades económicas (tanto empresas como autónomos).

Éstos, transmitirán a la Hacienda Foral la información tributaria (ingresos, gastos e IVA soportado y repercutido) de su actividad y, con esa información, Hacienda les confeccionará una propuesta para sus declaraciones del Impuesto sobre sociedades, IVA e IRPF.

¿Para qué el código QR de ticketBAI?

TicketBAI utiliza un sistema de códigos QR que se puede escanear en la propia factura o ticket de venta adjunto a un código llamado TBAI. Este código QR se utiliza para poder comprobar si se ha declarado la factura en Hacienda o no.

El código QR puede ser leído desde cualquier dispositivo móvil y nos dirige a una página web de Hacienda donde podremos ver los datos de la factura.

Nuestro software de facturación en la nube, compatible con TicketBAI generará tus facturas de forma automática en formato PDF y estas incluirán el código QR para así cumplir con la norma.

Escaneando un código QR de ticketBAI

¿Cuándo va a ser obligatorio?

Tras varias moratorias, según la Norma Foral 8/2023 por la que se aprueban medidas para ordenar la implantación definitiva del sistema Batuz, finalmente se aplicarán las siguientes fechas de implantación obligatoria:

Fecha de implantación definitivaContribuyenteActividad principa
01/01/2024Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades que NO sean microempresas, pequeñas o medianas empresasCualquier actividad
01/07/2024Personas físicas, entidades en régimen de atribución de rentas y contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades que sean microempresas, pequeñas o medianas empresas.Actividades empresariales industriales, fabriles, de construcción y de transporte. Actividades empresariales y profesionales financieras, jurídicas, de seguros, de alquiler, sanitarias y resto de actividades profesionales excepto educación y actividades culturales.
01/01/2025* Personas físicas, entidades en régimen de atribución de rentas y contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades que sean microempresas, pequeñas o medianas empresas.
* Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades que sean microempresas, pequeñas o medianas empresas
* Comercio mayorista.
* Comercio minorista, hostelería, reparación de bienes muebles, peluquerías y otros servicios personales.
01/07/2025Personas físicas y entidades en régimen de atribución de rentasComercio minorista, hostelería, reparación de bienes muebles, peluquerías y otros servicios personales
01/01/2026* Entidades total y parcialmente exentas del Impuesto sobre Sociedades. Entidades sin fines lucrativos acogidas a la Norma Foral 4/2019
* Personas físicas, entidades en régimen de atribución de rentas y contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades que sean microempresas, pequeñas o medianas empresas.
* Cualquier actividad.
* Agricultura, ganadería y pesca, educación, y servicios culturales.

¿Puedo obtener algún beneficio fiscal?

Actualmente se puede deducir en el IRPF o en el Impuesto de Sociedades, un 30% de los gastos incurridos para la implantación del sistema Batuz.

Según el Anteproyecto de Norma Foral, igualmente podría extenderse la posibilidad de aplicación del 30% de deducción a los ejercicios 2024 y 2025.

Además, parece que se va a seguir incentivando la aplicación voluntaria de Batuz (tal y como sucede actualmente) tanto en el IRPF como en el Impuesto de Sociedades. De manera que, quienes se adhieran de forma voluntaria, antes de la fecha en que les corresponda (ver calendario en “¿Cuándo va a ser obligatorio?) tendrían una deducción del 10%.

Si tienes alguna duda sobre ticketBAI, contacta con nosotros

  • Responsable: JON ANDER ARTEAGA BUSTINZA
  • Finalidad de la recogida y tratamiento de los datos personales: gestionar la solicitud que realizas en este formulario de contacto.
  • Derechos: Podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación, limitación y suprimir los datos en info@jonanderarteaga.com, así como el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control.
  • Información adicional: En mi política de privacidad encontrarás información adicional sobre la recopilación y el uso de su información personal. Incluida información sobre acceso, conservación, rectificación, eliminación, seguridad y otros temas.